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10/06/2026

SONDEO ELECTORAL: ABELARDO DE LA ESPRIELLA LIDERA AMPLIAMENTE LA PREFERENCIA CIUDADANA EN EJERCICIO DIGITAL DE OPINIÓN

Un sondeo digital realizado por Zona Activa Informa sobre la segunda vuelta presidencial en Colombia evidenció una marcada ventaja de Abelardo de la Espriella frente a Iván Cepeda, según la participación de miles de ciudadanos que decidieron expresar su preferencia electoral a través de esta consulta virtual.

La pregunta planteada fue clara y directa:
“Si hoy fueran las elecciones presidenciales en Colombia, ¿por cuál de estos candidatos votaría usted?”

Los resultados reflejan una tendencia contundente entre quienes participaron en el ejercicio, otorgando una amplia mayoría a Abelardo de la Espriella, quien obtuvo el respaldo de más de ocho mil personas.

Resultados del sondeo
🔵 Abelardo de la Espriella
65 % de la votación
8.619 votos

🟣 Iván Cepeda
32 % de la votación
4.296 votos

🟢 Voto en Blanco
1 %
139 votos

🟠 No votaré
108 votos
Menos del 1 % de participación
En total, el sondeo registró 13.162 participaciones efectivas, mientras que 133.621 personas tuvieron acceso a la publicación y a la votación virtual, lo que demuestra un importante alcance e interés ciudadano por los temas relacionados con el futuro político del país.

¿Qué reflejan estos resultados?
Más allá de los números, este ejercicio permite observar el nivel de identificación que generan actualmente las distintas propuestas políticas entre los usuarios que participaron voluntariamente en la consulta.

La diferencia de 33 puntos porcentuales entre el primer y segundo lugar muestra una ventaja significativa para Abelardo de la Espriella dentro de esta muestra digital, consolidándose como la opción con mayor respaldo entre quienes decidieron votar en el sondeo.

Por su parte, Iván Cepeda mantiene una base importante de apoyo, alcanzando casi una tercera parte de los votos emitidos, mientras que el voto en blanco y la abstención registran niveles considerablemente bajos, lo que indica que la mayoría de los participantes manifestó una decisión electoral definida.

Ficha técnica
📌 Entidad que realizó el sondeo: Zona Activa Informa
📌 Tipo de estudio: Sondeo digital de opinión
📌 Fecha de realización: 2 de junio
📌 Personas alcanzadas por la publicación: 133.621
📌 Participaciones registradas: 13.162 votos
📌 Pregunta formulada: “Si hoy fueran las elecciones presidenciales en Colombia, ¿por cuál de estos candidatos votaría usted?”
📌 Universo consultado: Usuarios con acceso a la publicación del sondeo en plataformas digitales
📌 Margen de error: No aplica, al tratarse de un ejercicio digital de participación voluntaria y no de una encuesta probabilística científica.

Importante
Este sondeo constituye un ejercicio de participación ciudadana y medición de opinión en plataformas digitales. Sus resultados representan exclusivamente la percepción y preferencias de quienes decidieron participar voluntariamente y no deben interpretarse como una encuesta electoral oficial ni como una proyección científica del resultado de una elección presidencial.

Sin embargo, los datos permiten identificar tendencias de opinión y generan una valiosa conversación sobre el panorama político nacional, evidenciando el interés de miles de ciudadanos por expresar su posición frente a la segunda vuelta y/o contienda electoral en la carrera por la presidencia en Colombia.

05/06/2026

¿Homicidio u omisión de socorro? El debate jurídico que reabre el caso del joven fallecido en el embalse

La difusión de nuevos videos relacionados con la muerte de Alexánder Avendaño en el embalse El Peñol-Guatapé ha vuelto a poner el caso en el centro de la discusión pública. Más allá de la conmoción que genera la tragedia, las imágenes han abierto un debate jurídico sobre las posibles responsabilidades penales de quienes estuvieron presentes en los momentos previos al fallecimiento del joven.

El penalista Ricardo Giraldo planteó una tesis que ha despertado interés y controversia: si durante la confrontación alguna persona incitó a otros con expresiones como “¡síganlo!” o “¡agárrenlo!”, dicha conducta podría interpretarse como un indicio relevante para determinar una posible intención de causar daño o contribuir al resultado fatal. Según su análisis, este tipo de expresiones no pueden ser examinadas de manera aislada, sino dentro del contexto completo de los hechos y de las acciones que posteriormente se desarrollaron.

Desde el punto de vista jurídico, la discusión no se limita únicamente a establecer quién golpeó, empujó o persiguió a la víctima. También se centra en determinar si existieron conductas que pudieron incentivar, facilitar o agravar una situación de riesgo que terminó en una tragedia. En ese escenario, las autoridades judiciales tendrían la tarea de analizar videos, testimonios, peritajes y demás elementos probatorios para establecer si existió una participación activa de terceros en los acontecimientos.

Pero el debate no termina allí. Otro de los puntos que emerge con fuerza es la eventual omisión de socorro. La legislación colombiana contempla responsabilidades para quienes, teniendo la posibilidad de auxiliar a una persona en peligro, deciden no hacerlo. En consecuencia, las investigaciones podrían extenderse a establecer si quienes presenciaron los hechos actuaron de manera diligente para intentar salvar la vida de la víctima o si, por el contrario, permanecieron indiferentes ante una situación de evidente riesgo.

Una tragedia que trasciende lo jurídico

Más allá de las discusiones legales, este caso refleja una problemática social cada vez más frecuente: la normalización de la violencia en espacios públicos y la indiferencia colectiva frente al sufrimiento ajeno. Lo que comenzó como una riña terminó convirtiéndose en un episodio que hoy genera preguntas profundas sobre la responsabilidad individual y colectiva.

En tiempos donde muchas situaciones son grabadas por teléfonos celulares antes que atendidas por quienes las presencian, la sociedad enfrenta un dilema ético cada vez más evidente: ¿hasta dónde llega nuestra obligación moral de ayudar a otro ser humano en peligro?

Las imágenes conocidas hasta ahora han generado múltiples interpretaciones. Mientras algunos consideran que se trató de una serie de hechos desafortunados sin intención homicida demostrada, otros sostienen que las conductas observadas podrían evidenciar una participación más activa de la que inicialmente se pensaba. Será la Fiscalía, junto con los jueces competentes, quienes deberán establecer la verdad jurídica del caso.

Crónica de una muerte que aún genera preguntas

La historia de Alexánder Avendaño no es solo la de una investigación penal. Es también la historia de una familia que espera respuestas, de una comunidad impactada por la tragedia y de un país que observa cómo cada nuevo video parece abrir más interrogantes que respuestas.

Hoy, mientras avanzan las investigaciones, una pregunta continúa resonando entre la opinión pública: ¿se trató de un accidente derivado de una riña, de una omisión que pudo evitar una muerte o de una conducta que podría encuadrarse dentro de un delito más grave?

La respuesta definitiva aún está en manos de la justicia. Sin embargo, el caso ya deja una reflexión ineludible: cuando una vida se pierde en medio de la presencia de decenas de personas, la responsabilidad no solo se mide por las acciones realizadas, sino también por aquellas que nunca se llevaron a cabo para evitar la tragedia.

05/06/2026

EGC asegura que cumplió su compromiso de no intervenir en las elecciones y reafirma los acuerdos de Doha

El Ejército Gaitanista de Colombia (EGC) aseguró públicamente que cumplió el compromiso adquirido de no intervenir en la jornada electoral desarrollada recientemente en el país. A través de un mensaje difundido en sus redes sociales, la organización señaló que mantuvo su palabra de no influir, presionar o interferir en el ejercicio democrático de los ciudadanos durante el proceso electoral.

“Cumplimos con nuestro compromiso de no intervenir en la jornada electoral. Reafirmamos el cumplimiento de los acuerdos de Doha”, expresó el grupo en su pronunciamiento oficial, destacando además su disposición de continuar respetando los compromisos alcanzados dentro del espacio de diálogo sociojurídico que adelanta con el Gobierno Nacional.

La declaración se produce luego de que, en semanas previas a las elecciones, el EGC anunciara públicamente que no respaldaría candidatos, movimientos políticos ni campañas electorales, e hiciera un llamado a sus integrantes para abstenerse de cualquier acción que pudiera afectar el normal desarrollo de la contienda democrática. En ese momento, la organización también invitó a la ciudadanía a denunciar cualquier situación que pudiera interpretarse como presión o intervención armada en el proceso.

El pronunciamiento cobra relevancia en medio de los esfuerzos que adelantan las partes para avanzar en la construcción de confianza dentro de la mesa de diálogo. Para diversos sectores, el desarrollo de una jornada electoral sin reportes generalizados de interferencia por parte de la organización representa una señal positiva dentro de un proceso que aún enfrenta importantes desafíos jurídicos, políticos y de seguridad.

No obstante, serán las autoridades electorales, organismos de control y entidades encargadas de monitorear el proceso quienes determinen, con base en los reportes oficiales y las verificaciones correspondientes, el balance definitivo sobre el comportamiento de todos los actores durante la jornada.

Con este mensaje, el EGC busca enviar una señal de continuidad en el cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco de los acuerdos de Doha, mientras continúa la discusión sobre aspectos clave del proceso sociojurídico, entre ellos la implementación de las Zonas de Ubicación Temporal y otros mecanismos contemplados para avanzar hacia escenarios de desescalamiento y construcción de paz.

La organización insistió en que mantiene su voluntad de respetar los compromisos adquiridos y reiteró que su posición frente a los recientes comicios fue la de no intervenir ni influir en la decisión libre de los votantes colombianos.

05/06/2026

RUPTURA TOTAL EN EL PODER | Francia Márquez arremete contra Petro: "Somos útiles para ganar elecciones, pero no para gobernar"

​El bloque de gobierno enfrenta su crisis interna más severa a las puertas de la segunda vuelta presidencial. La vicepresidenta Francia Márquez rompió el silencio con una serie de declaraciones que dejan en evidencia una fractura profunda y aparentemente irreversible con el presidente Gustavo Petro, sacudiendo los cimientos del Pacto Histórico.

​Los puntos más críticos de la denuncia de la vicepresidenta:

​🛑 Denuncia de exclusión y marginación: Márquez afirmó públicamente haber sido apartada de las decisiones clave del Ejecutivo y blanco de hostilidades dentro del mismo proyecto político que ayudó a consolidar en las urnas.

​⚠️ Instrumentalización electoral: Con la frase "Somos útiles para ganar elecciones, pero no para gobernar", la funcionaria aseguró que su liderazgo y representación social fueron utilizados con fines puramente estratégicos para capturar votos, pero relegados a la hora de ejercer el poder.

​📉 Impacto en la unidad de izquierda: Este fuerte choque expone un desgaste de gobernabilidad interno y abre un debate de alta incertidumbre sobre la cohesión de los sectores alternativos de cara al balotaje del próximo 21 de junio.

​🗣️ EL PAÍS DEBATE:

​Frente a la fuerte denuncia de la vicepresidenta Francia Márquez sobre su exclusión en el Gobierno... ¿Cuál es su opinión?
​1. Respaldo a Francia Márquez; es grave que se margine a los liderazgos sociales tras ganar los comicios. ✊🏽⚖️
2. Esta división interna llega en el peor momento y debilita la campaña de cara al 21 de junio. 📉🗳️
3. El presidente debe recomponer el diálogo interno para garantizar la unidad del proyecto político. 🏛️🇨🇴

​¡Deje su opinión con absoluto respeto en los comentarios y COMPARTE esta última hora que redefine el panorama político! 👇👇

05/06/2026

“Mis predicciones no fallan”: Vidente que pronosticó triunfo de Cepeda en primera vuelta asegura que está siendo amenazada y afirma que hubo fraude electoral.

La astróloga Karen Caro volvió a estar en el centro de la polémica luego de pronunciarse sobre los resultados de la primera vuelta presidencial en Colombia.

Días antes de las elecciones, la vidente había asegurado que Iván Cepeda obtendría la victoria sin necesidad de acudir a una segunda vuelta.

Sin embargo, el preconteo oficial dio como ganador a Abelardo de la Espriella y confirmó una nueva jornada electoral para el próximo 21 de junio.

Tras conocerse los resultados, Karen Caro defendió sus predicciones y sostuvo que sigue viendo a Cepeda como el próximo presidente de Colombia en 2026.

Además, dejó entrever la posibilidad de que existieran irregularidades en el proceso de preconteo, declaraciones que han generado diversas reacciones en redes sociales.

La astróloga también denunció haber recibido amenazas y múltiples ataques a través de plataformas digitales debido a sus afirmaciones y a las predicciones realizadas durante la campaña electoral.

Pese a la controversia y las críticas que ha enfrentado, Karen Caro aseguró que continuará desarrollando sus contenidos y compartiendo sus predicciones con sus seguidores.

05/06/2026
05/06/2026

𝗟𝗔 𝗣𝗔𝗭 𝗧𝗢𝗧𝗔𝗟 𝗙𝗥𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗔𝗟 𝗥𝗘𝗟𝗢𝗝 𝗝𝗨𝗥𝗜́𝗗𝗜𝗖𝗢: 𝗨𝗡𝗔 𝗔𝗦𝗜𝗠𝗘𝗧𝗥𝗜́𝗔 𝗤𝗨𝗘 𝗘𝗫𝗜𝗚𝗘 𝗗𝗘𝗙𝗜𝗡𝗜𝗖𝗜𝗢́𝗡

𝗣𝗼𝗿 𝗥𝗶𝗰𝗮𝗿𝗱𝗼 𝗔𝗻𝗱𝗿𝗲́𝘀 𝗚𝗶𝗿𝗮𝗹𝗱𝗼 𝗖𝗶𝗳𝘂𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀

Mientras el país concentra su atención en los avances, dificultades y controversias que rodean la implementación de la denominada Paz Total, una discusión jurídica de fondo comienza a ganar relevancia en los escenarios académicos, institucionales y políticos. Se trata de una aparente asimetría temporal contenida en la Ley 2272 de 2022, una situación que, más allá de un debate técnico, podría tener efectos concretos sobre la aplicación de la política de paz impulsada por el Gobierno Nacional.

La controversia surge de la lectura conjunta de los artículos 19 y 20 de la Ley 2272, normativa que modificó y prorrogó instrumentos jurídicos orientados a facilitar procesos de diálogo, sometimiento y construcción de paz con diferentes actores armados que operan en el territorio nacional.

En el centro de la discusión se encuentra el artículo 2 de la misma ley, considerado por muchos expertos como uno de los pilares conceptuales de la Paz Total. Allí se establecen definiciones fundamentales relacionadas con la seguridad humana, la consolidación de la paz como política de Estado y la diferenciación entre dos tipos de organizaciones armadas: los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOML) y las Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI).

Sin embargo, según diversos análisis jurídicos, existe una tensión interpretativa respecto a la vigencia temporal de algunas disposiciones. Mientras ciertos apartes de la ley cuentan con una duración claramente determinada por el legislador, otros elementos esenciales parecen proyectarse más allá de esos límites, generando dudas sobre cuáles herramientas continúan plenamente vigentes y cuáles podrían haber perdido efectos jurídicos.

Lo que inicialmente parecía una discusión reservada para especialistas en derecho constitucional y teoría del Estado comienza a trasladarse a la realidad institucional. El calendario avanza, los procesos de diálogo continúan y las decisiones administrativas, judiciales y políticas requieren cada vez más claridad sobre el alcance normativo de la ley.

La pregunta de fondo es sencilla, pero de enorme trascendencia: ¿siguen vigentes todas las facultades y definiciones que dieron origen a la arquitectura jurídica de la Paz Total o algunas de ellas requieren una interpretación constitucional que precise su alcance en el tiempo?

El debate adquiere especial importancia porque de esas definiciones dependen aspectos sensibles relacionados con los mecanismos de acercamiento a organizaciones armadas, la caracterización jurídica de determinados actores, la aplicación de beneficios procesales y la estructuración de eventuales procesos de tránsito hacia la legalidad.

Para algunos sectores, la intención del legislador fue clara al convertir la paz en una política permanente del Estado colombiano, trascendiendo los períodos de gobierno y otorgándole continuidad institucional. Otros consideran que determinadas herramientas extraordinarias deben interpretarse de manera restrictiva y ajustadas estrictamente a los plazos establecidos por la propia ley.

Mientras tanto, las altas cortes, la Fiscalía, el Gobierno Nacional y los organismos encargados de ejecutar la política pública continúan enfrentando decisiones que requieren respuestas jurídicas precisas. Cada actuación relacionada con mesas de diálogo, suspensiones de órdenes de captura, zonas de ubicación temporal o mecanismos de sometimiento termina inevitablemente conectándose con este debate normativo.

La situación demuestra que la construcción de paz no depende únicamente de la voluntad política o de los acuerdos alcanzados entre las partes. También exige seguridad jurídica, coherencia institucional y claridad normativa para evitar interpretaciones contradictorias que puedan afectar la legitimidad y estabilidad de los procesos en curso.

Hoy, más que una discusión académica, la asimetría temporal de la Ley 2272 se perfila como uno de los desafíos jurídicos más importantes para el futuro de la Paz Total. Lo que en su momento fue una formulación legislativa destinada a abrir caminos para la reconciliación nacional, ahora enfrenta el reto de superar las incertidumbres interpretativas que el paso del tiempo ha puesto sobre la mesa.

El país espera definiciones. Las instituciones demandan certeza jurídica. Y los procesos de paz requieren reglas claras que permitan avanzar sin ambigüedades. Porque en materia de paz, tan importante como la voluntad de dialogar es la solidez del marco legal que sostiene cada paso del camino.

Este texto conserva el enfoque de opinión jurídica, pero con una narrativa más cercana a la crónica periodística y al análisis noticioso, resaltando el contexto, las implicaciones y la relevancia actual del debate sobre la Ley 2272 de 2022 y la política de Paz Total.

  Dos personas, entre ellas un menor de edad, fueron ases1nadas en un at4que arm4do registrado en una vivienda del barri...
05/06/2026

Dos personas, entre ellas un menor de edad, fueron ases1nadas en un at4que arm4do registrado en una vivienda del barrio Shiller, en el municipio de Pivijay.

Las víct1mas fueron identificadas como Edwin García Julio y su hijo, Edwin Daniel García Hernández, de 16 años, de acuerdo con la información preliminar, hombres arm4dos ingresaron al inmueble y dispararon contra ambos, quienes fallec1eron en el lugar de los hechos.

Tras el at4que, los responsables abandonaron el sector, mientras unidades de la Policía Nacional de Colombia y de la Policía Judicial realizaron la inspección técnica y la recolección de elementos materiales de prueba.

Las autoridades informaron que se adelantan las investigaciones para establecer los móviles del doble homicidio, identificar a los responsables y esclarecer las circunstancias en las que ocurrió el hecho.

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